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Gran Canaria

15/02/2006 Actualizada el 16/02 a las 02:56

Está Vd. en Edición Digital » Hemeroteca » 15/02/06

Los tribunales estudian sacar del parque Santa Catalina los mogollones del Carnaval

Una comunidad de vecinos exige la inmediata ejecución de la sentencia que les reconoce el derecho al descanso

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Antonio F. de la Gándara
Las Palmas de Gran Canaria

El TSJC ha exigido al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria que cumpla con todas sus consecuencias la sentencia que prohibió los mogollones en el parque de Santa Catalina y en las ramblas de Juan Rodríguez Doreste. La Corporación busca contrareloj un acuerdo con los vecinos.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJC) ha iniciado el trámite de ejecución de la sentencia de la propia Sala -confirmada por el Tribunal Supremo- que el 22 de julio de 2002 estimó el recurso presentado por la comunidad de propietarios del edificio CYT (en las ramblas Alcalde Juan Rodríguez Doreste, junto a la Casa del Marino) y declaró que «la actual ubicación del mogollón carnavalero es incompatible con el uso residencial del área».

Fuentes próximas a la comunidad de vecinos del edificio CYT confirmaron ayer a este periódico que éstos decidieron el pasado 20 de enero dirigirse a la Sala para solicitar la ejecución de la sentencia «en todos sus términos», tras comprobar que el Ayuntamiento mantiene la ubicación en la presente edición de las fiestas de los chiringuitos y terrazas en las zonas próximas a sus viviendas.

El TSJC requirió por escrito el pasado lunes a la Corporación para que informara sobre  cuál es la actual ubicación de los chiringuitos y terrazas instaladas en el Parque de Santa Catalina y en las ramblas de Juan Rodríguez Doreste, ante la apertura de la pieza de ejecución.

La Corporación ha respondido a la Sala que no ha podido cumplir con los términos de la sentencia porque los plazos lo hicieron imposible, ya que los vecinos instaron por primera vez la ejecución del fallo el pasado 20 de enero, cuando ya el proceso de instalación de la infraestructura del Carnaval estaba en marcha.

Además, han informado al Tribunal de que, si bien la sentencia ha sido confirmada por el Supremo, sus servicios jurídicos la han recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional (este recurso no paraliza la ejecución de un fallo firme del Supremo).

El fallo quedó 'hibernado' por el recurso municipal

El proceso judicial que pone en tela de juicio la continuidad de los mogollones carnavaleros en su actual ubicación y en la presente edición de las fiestas es el siguiente: El 22 de julio de 2002, la Sala de lo Contencioso estimó el recurso de la comunidad de vecinos del edificio CYT, al considerar que la celebración de los mogollones en una zona donde existen  casas habitadas y un centro hospitalario (la clínica del Perpetuo Socorro)  es incompatible con el derecho al descanso de los enfermos y los vecinos. La Sala declaró «no ajustada a derecho» la resolución del alcalde capitalino  que en febrero de 1997 había rechazado la petición de los vecinos para que los mogollones se trasladaran a otra zona, y declaró «incompatible  la actual ubicación del mogollón carnavalero  con el uso residencial del área».

Los vecinos no solicitaron la ejecución cautelar del fallo, y el Ayuntamiento lo recurrió ante el Supremo. El Alto Tribunal ha confirmado la sentencia, y ahora los vecinos exigen que se cumpla.

Una década en la batalla

Denuncia. Las protestas de los   vecinos del entorno del Parque Santa Catalina llegó a los tribunales en 1997, cuando formalizaron la denuncia al ver invadida su intimidad y su derecho al descanso. Aquella iniciativa dio pie a una enorme polémica que obligó al Ayuntamiento a cuestionarse el formato de las fiestas con mayor proyección de la ciudad.

Cosas distintas. Fuentes jurídicas autorizadas señalaron ayer a CANARIAS7 que entre los cometidos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior «no está valorar la incidencia que tengan en el carnaval capitalino sus decisiones sobre el cumplimiento de una sentencia confirmada por el Tribunal Supremo en todos sus aspectos».

Negociación con los vecinos hasta el final

El Ayuntamiento capitalino ha informado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias que actualmente se encuentra en «conversaciones amistosas» con la comunidad de vecinos del edificio CYT para alcanzar un acuerdo que les lleve a retirar su solicitud de ejecución de la sentencia confirmada por el Supremo.

Fuentes oficiales han confirmado que la Corporación capitalina ha indicado a la Sala en su escrito de respuesta al requerimiento  que «no escatimará ningún esfuerzo» para que los vecinos se avengan a una  fórmula que evite el traslado de los mogollones en pleno carnaval.

La Sala se pronunciará en los próximos días probablemente, la semana que viene- sobre cómo se va a ejecutar la sentencia. En el caso de que rechace las alegaciones del Ayuntamiento, requerirá al municipio para que, de forma voluntaria, retire los chiringuitos y las terrazas de la zona -en una interpretación literal de la sentencia, tendría que llevarse incluso los escenarios, aunque no es  probable que se legue a tal extremo-, y si la administración no cumple la sentencia de motu proprio, el Tribunal dispondría la ejecución forzosa del mismo.

El presidente de la Sala, Francisco José Gómez Cáceres, indicó ayer que no formaba parte de la Sala encargada de la pieza de ejecución del fallo y que, por tanto, no podía pronunciarse sobre el fondo del asunto. 

Un debate extendido al Carnaval tinerfeño

Los vecinos del centro de Santa Cruz de Tenerife también quieren que se traslade el Carnaval, que las carrozas se alejen de sus portales y que la música tenga  un control y un horario límite. Por eso, ocho comunidades de vecinos y diez particulares de la zona centro han presentado una demanda contra el Ayuntamiento capitalino en la que, además, en una pieza separada solicitaban la suspensión cautelar de las fiestas de este año. Se amparaban en la sentencia favorable a los vecinos de Las Palmas de Gran Canaria que solicitaron el traslado de los mogollones dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Durante dos semanas el Ayuntamiento y el abogado de los vecinos se enzarzaron en  un agrio debate que acabó por convertirse en un cara a cara entre los carnavaleros y los no carnavaleros, con convocatoria de manifestación a favor de la fiesta por el medio. Al final fue el juez el que cerró la polémica con un no menos polémico auto en el que no entendía necesaria la suspensión cautelar del Carnaval. Entendía el juez que los vecinos habían actuado con «mala fe» al interponer una demanda sin antes intentar negociar con el Ayuntamiento de Santa Cruz una mejora, conociendo como conocían que el Carnaval se celebra siempre en determinadas fechas. Es más, en los razonamientos jurídicos del  auto, el magistrado ponente del TSJC invitaba a los vecinos demandantes pedir indemnizaciones a la Administración si el Carnaval les ocasionaba molestias.

 

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